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ACTUALIZADO: 12/5/2020 - 0:34

El inmigrante ilegal: ¿Qué puede esperar al llegar a España?

Redacción | EL PAÍS FINANCIERO Escrito por Redacción | EL PAÍS FINANCIERO
28/3/2014 - 13:05
en Actualidad, Onemagazine
Tiempo de lectura: 5 minutos
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El inmigrante ilegal es una misma historia que se cuenta una y otra vez. Todos ellos recorren cientos, incluso a veces miles de kilómetros, buscando una vida mejor. Abandonan sus aldeas, sus pueblos o sus países huyendo de la opresión, la miseria y, en ocasiones, de las guerras. Su marca implícita es la de la debilidad. Esta es la causa de la aparición de mafias que los “ayudan a emprender el viaje hacia un incierto destino. 

Todo inmigrante ilegal paga un precio alto por pasar de un continente a otro en la búsqueda de su camino hacia la felicidad. En la mayoría de los casos, sus familias venden todo lo que tienen para poder pagarle miles de euros a las mafias que los introducen en España. Muchos de ellos se quedan en el camino sin lograr llegar a su destino. Pagan con su propia vida el precio de llegar a la “tierra prometida”.  

Otros, con más suerte, logran poner pie en suelo español a través de Melilla, Ceuta, en incluso, las Islas Canarias. Llegan en escuálidas embarcaciones, a nado, ocultos en vehículos, o saltando las vallas. Cualquier medio es bueno si se logra entrar a territorio europeo. La entrada a España la hacen por puestos no fronterizos (sin control migratorio). 

Una vez coronada la empresa saltan muchas interrogantes. Entre ellas se repiten las siguientes: ¿qué pasará con ellos? ¿Pueden permanecer en España? ¿Pueden ser expulsados a sus países de origen?. Estas y otras interrogantes serán tratadas en las siguientes líneas. Así que, no se despegue y continúe leyendo.

¿Que es un inmigrante ilegal?

Según la Ley de Extranjería vigente todo aquel ciudadano no español que desee ingresar a España debe hacerlo a través de un puesto fronterizo. Durante este ingreso debe someterse a un proceso de inmigración. Debe poseer un pasaporte o documento de viaje que acredite su identidad. El pasaporte debe ser tal que sea considerado válido según convenios internacionales suscritos por España. 

De igual manera, se exige la presentación de otros documentos como visas o permisos especiales. Así mismo el extranjero no debe tener ninguna prohibición de ingreso. En los casos en los que se viole una al menos de las condiciones antes descritas, se habla de un inmigrante es ilegal.

Por otro lado, el resguardo y vigilancia de las fronteras marítimas y terrestres es competencia de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Son ellas las encargadas de aplicar la legislación correspondiente para validar si el viajero es un inmigrante ilegal o no. 

El Cuerpo Nacional de Policía se encarga de esta misión en los puntos habilitados para entrar en España. Estos son los puestos fronterizos en aeropuertos, puertos o vías terrestres. Por su parte la Guardia Civil se encarga de los puntos no habilitados. Estos son las vallas y costas de Ceuta y Melilla por donde se da el flujo mayor de inmigración ilegal.

Tráfico de inmigrantes

De acuerdo con la legislación mundial cuando se ayuda a un inmigrante con ánimo de lucro se trata de un delito de tráfico ilícito o contrabando de personas. Este delito se estipula muy bien en la circular del 2 de noviembre del  2011 emitida por el Ministerio Fiscal español. 

En este documento se tratan los criterios para la unidad de actuación en materia de extranjería e inmigración. Asimismo la acción de tráfico humano como un delito. En su prólogo establece que la legislación “nace con la intención de proteger el legítimo interés de los estados de controlar los flujos migratorios y preservar la indemnidad de sus fronteras”. 

Por otro lado, a nivel mundial. Las Naciones Unidas califican el tráfico de cualquier inmigrante ilegal como un delito que merece persecución penal. Argumentan que los efectos perniciosos de la inmigración clandestina crecen cuando se hace a través del crimen organizado internacional. Asimismo sostienen que  los derechos de los migrantes corren un serio peligro, no sólo por las formas en las que son transportados sino por la manera como se realiza el paso de fronteras.    

Por último concluyen que los traficantes en muchas ocasiones ponen en peligro la vida e integridad física de los migrantes. El tratamiento es abusivo e indignante ya que son considerados mercancías. Por el lado del país receptor, un inmigrante ilegal, contribuye al aumento de los niveles de pobreza. Debido a su situación será objeto de unas condiciones de vida discriminatorias.

¿Rechazo, devolución, o expulsión?

De acuerdo con las las recomendaciones del Consejo de Europa de 1995, existen varias maneras para manejar el retorno de extranjeros que pretenden permanecer ilegalmente en España. Una de ellas es conocida como el retorno y se produce cuando el extranjero que trata de entrar no cumple con los requisitos establecidos. En ese caso, el ingreso será denegado y se presupone que la entrada no es clandestina.

Otra de las maneras es conocida como la devolución o retorno. Esta se aplica en todas aquellas situaciones en las que se evidencia carencia de imbricación del extranjero con el entorno social En consecuencia, se produce la detención antes de que se de cualquier viso de establecimiento en España. El objetivo de la medida es el restablecimiento del orden jurídico perturbado, por lo que no se realiza ningún expediente de expulsión.

Por último, la expulsión es una sanción administrativa que lleva como anexo la prohibición de entrada en España por un lapso temporal. Se precisa en esta sanción de la tramitación de un expediente administrativo de expulsión. En dicho expediente se debe acreditar la comisión del ilícito que se sanciona.

La Ley de Extranjería contempla varios supuestos en los cuales no hace falta elaborar expedientes de expulsión para la devolución de extranjeros. Uno de estos supuestos señala los casos en los habiendo sido expulsados contravengan la prohibición de entrada. Otro de los supuestos señala a los que pretendan entrar ilegalmente en el país.   

Cuando se presentan estos supuestos, se acuerda la devolución con la autoridad gubernamental competente para la expulsión. Pero si esta devolución no se puede ejecutar en el plazo de 72 horas, entonces se le solicitará de la autoridad judicial la medida de internamiento prevista para los expedientes de expulsión.

Algunas de las preguntas más frecuentes

¿Bajo qué condiciones no se puede llevar a cabo la expulsión?

Una de las condiciones se presenta cuando el inmigrante ilegal no ha presentado una solicitud de asilo político. Esto pudiera ser consecuencia de que no declara su verdadera nacionalidad y por lo tanto, no hay país de origen al que pueda ser expulsado. También pudiera ser que no exista un tratado de repatriación con su país de origen.

Otra de las condiciones establece que luego de 40 días de estancia en el CIE (Centro de Internamiento de Extranjeros), la persona es liberada. Esta liberación es temporal y limitada. El extranjero debe mantenerse localizable para el momento en que dicho expediente se resuelva.

Por otro lado, el plazo máximo que tiene la policía para comunicar su decisión (multa o expulsión) es de seis meses. Pasado ese tiempo el expediente caduca. No obstante, si el inmigrante ilegal permanece en situación irregular, la policía podría volver a detenerlo y reiniciar un expediente sancionador.

¿En qué casos no se puede concretar la devolución?

Existen casos de países como Marruecos, desde donde llegan las personas que intentan entrar en España a través de Ceuta y Melilla. En estos casos especiales, no proceden las devoluciones. Esto se debe a que España y el Reino Alauita firmaron un convenio. En virtud del mismo, en lugar de devoluciones se producen readmisiones. Este acuerdo fue suscrito en 1992 pero no entró en vigor sino hasta el año 2012.

Este acuerdo obliga a que Marruecos debe readmitir en su territorio a los nacionales de terceros países que hubieren entrado ilegalmente en España y que provengan de territorio marroquí. La solicitud de readmisión debe presentarse en el lapso de los 10 días posteriores a la entrada ilegal en España. En estos casos, el Cuerpo Nacional de Policía, conduce a los ilegales a “los puntos que Marruecos establece” para concretar la entrega.

Si por alguna circunstancia, la devolución no puede concretarse, el procedimiento de expulsión puede retrasarse de dos a tres años. Mientras tanto y, dado que el tiempo máximo de detención en comisaría, es de 72 horas, se aplican soluciones remediales. Una de estas soluciones es trasladar al detenido a un CETI. Estos son los llamados centros de Estancia Temporal de Inmigrantes y se localizan en Ceuta y Melilla. Otra de las opciones es reubicarlos en los Centros de Internamiento de Extranjeros (CIE) de la Península.

El tiempo máximo permitido para la retención en esos centros es de 40 días. Luego de transcurrido ese lapso, la policía debe liberar al detenido. No obstante, en la mayoría de los procesos se trata de lograr la expulsión antes de que ese plazo concluya.

¿Qué pasa cuando una mujer inmigrante está embarazada o tiene un hijo al llegar a España?

En tales casos, no se lleva a cabo la expulsión. De acuerdo con la Ley de Extranjería, el Estado debe proteger a los bebés en gestación. Por extensión, la ley también contempla que la salud de las madres debe también preservarse. Consecuentemente, debe detener cualquier proceso de expulsión si afecta a mujeres embarazadas.

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